Establece los principios fundamentales del Estado, así como mandatos correspondientes a los derechos a la educación, salud, trabajo, participación democrática e integración, entre otros, con una dimensión dirigida a las personas con discapacidad.
Establece los principios fundamentales del Estado, así como mandatos correspondientes a los derechos a la educación, salud, trabajo, participación democrática e integración, entre otros, con una dimensión
Adiciona la Ley 361 de 1997, por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones. Reglamentada por el Decreto Nacional 734 de 2012, Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1538 de 2005. Ley 1287 de 2009: Por medio de la cual se aprueba la “Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad”, adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006.
Por la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los Derechos de las Personas con discapacidad. Conpes 166 de 2013: Política Pública Nacional de Discapacidad e Inclusión Social, a través de la cual se incorpora la Convención en la legislación colombiana.
Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática. Artículo 79. La composición del Consejo Nacional de Participación Ciudadana incluirá un representante con discapacidad. Ley 1752 de 2015 Penaliza la discriminación por motivos de discapacidad, incluyendo la denegación de ajustes razonables una conducta dolosa, antijurídica y culpable.
Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad. Decreto 1350 de 2018: Por el cual se adiciona un capítulo sobre medidas para la creación y funcionamiento de las organizaciones de personas con discapacidad que las representen.
Por medio de la cual se adopta el reglamento en cumplimiento de lo ordenado en la orden décimo-primera de la Sentencia T-573 de 2016 de la Corte Constitucional y se dictan otras disposiciones. Objeto: tiene por objeto adoptar el reglamento encaminado a garantizar que las personas con discapacidad, sobre la base de un enfoque diferencial, accedan a información adecuada y suficiente sobre sus derechos sexuales y derechos reproductivos y señalar las obligaciones correlativas que surjan para los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Establece que todas las personas con discapacidad son sujetos de derecho y obligaciones y tienen capacidad legal en igualdad de condiciones.